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Nuestra actividad repercute en las personas de todos los eslabones de nuestra cadena de valor: los empleados de la empresa, los empleados de los proveedores y los operadores de los equipos de la empresa, que suelen ser empleados de los clientes. Como establece nuestro Código de Conducta, nos comprometemos a respetar los derechos humanos de todas las personas que participan en nuestras operaciones y cadena de valor.

Nos comprometemos a mejorar continuamente nuestro proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos identificando, abordando y remediando los impactos negativos sobre las personas. Los riesgos para los derechos humanos relacionados con nuestra propia plantilla se gestionan con políticas, procesos y herramientas de seguimiento relacionados con la seguridad y los recursos humanos. Sin embargo, nuestros riesgos más importantes en materia de derechos humanos existen en nuestra cadena de suministro debido a su complejidad y alcance mundial.

Tenemos requisitos estrictos para nuestros proveedores y otros socios comerciales en temas como la salud y la seguridad y la prohibición del trabajo forzado. Nuestro proceso de homologación de proveedores sigue un enfoque basado en el riesgo, en el que los nuevos proveedores deben cumplir unos requisitos previos y superar una auditoría realizada por Kalmar. Al mismo tiempo, es importante comprender dónde podemos mejorar nuestro impacto positivo sobre los derechos humanos.

Durante 2024, Kalmar inició su labor de diligencia debida en materia de derechos humanos como empresa independiente, realizando su primera evaluación de impacto sobre los derechos humanos. La evaluación, que abarcó la cadena de valor de Kalmar y siguió el marco de los Principios Rectores de las Naciones Unidas para las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP), identificó los impactos causados por la empresa; los impactos a los que la empresa contribuye; y los impactos que están directamente vinculados a sus operaciones, productos o servicios a través de relaciones comerciales. Para llevar a cabo la evaluación, Kalmar tuvo en cuenta diversos datos, entre ellos:

  • Sectores de alto riesgo
  • Regiones geográficas de alto riesgo
  • Informes de la línea SpeakUp
  • Informes de auditoría (ISO 45001)
  • Evaluación interna de riesgos por terceros
  • Incidentes de salud y seguridad
  • Información de auditorías de proveedores in situ
  • Análisis de las operaciones propias y de la cadena de suministro
  • Entrevistas con empleados propios, de proveedores, de terceros y del cliente

La evaluación se llevó a cabo en colaboración con funciones internas esenciales como abastecimiento, recursos humanos, ética y cumplimiento, ventas y gestión de concesionarios. Los impactos identificados arrojan luz sobre dónde debe centrarse Kalmar en su diligencia debida en materia de derechos humanos.

 

Requisitos específicos de cada país en materia de derechos humanos
Ley de Transparencia noruega

La Ley de Transparencia noruega entró en vigor el 1 de julio de 2022. Según esta ley, las empresas están obligadas a:

  • Establecer y llevar a cabo un proceso de diligencia debida en materia de derechos humanos en sus propias operaciones empresariales y cadena de valor;

  • Divulgar públicamente información sobre su proceso de diligencia debida, incluidas las medidas adoptadas y los impactos identificados.

  • Responder a las solicitudes de información del público en general sobre cómo abordan los problemas reales o potenciales de derechos humanos en su organización y cadena de suministro.

Para saber más sobre el proceso de diligencia debida de nuestras filiales noruegas, consulte el archivo correspondiente.


Si desea presentar una solicitud oficial de información de conformidad con los requisitos de la Ley de Transparencia, utilice los datos de contacto que se facilitan a continuación.

 

Ley contra la esclavitud moderna en el Reino Unido

Declaración sobre la esclavitud moderna y la trata de seres humanos 2024